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La iniciativa pretende modificar el artículo 206 de la Constitución Política para que se reincorpore una Asamblea constituyente y se realice una nueva Carta Magna Bancada de Perú Libre presenta proyecto para establecer Asamblea Constituyente y así cambiar la Constitución
Friday, 10 Sep 2021 16:50 pm
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Este viernes, el parlamentario Alex Flores Ramírez de Perú Libre, presentó un proyecto de ley que busca modificar el artículo 206 de la Constitución Política del Perú, a fin de incorporar la Asamblea Constituyente, la cual tiene como fin cambiar la Constitución del Perú.

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La iniciativa n° 00174-2021 detalla que “surge la necesidad de la formulación de una nueva Constitución, a través de una Asamblea Constituyente, dado que, la realidad aplastante los obliga a realizar un análisis y evaluación en nuestra Carta Magna y proponer soluciones”

“Nos encontramos ante una Carta Magna que avala el modelo neoliberal, con su carácter extractivista y negacioncita de derechos (…) Urge la necesidad de refundar la patria, buscando consensos para obtener un texto constitucional legítimo cuyo nacimiento surja de la voluntad popular y garantice una economía justa, tanto social como política”.

El proyecto tiene el respaldo de los parlamentarios Francis Paredes Castro, Luis Kamiche Morante, Bernardo Quito Sarmiento, Alfredo Pariona Sinche, Victor Cutipa Ccama, Silvana Robles Araujo, María Taipe Coronado y Elías Varas Meléndez.

Cabe precisar que, el pasado 28 de julio, el presidente de la República, Pedro Castillo, adelantó que se presentará un proyecto de reforma constitucional para modificar la Carta Magna, a fin de posibilitar una Asamblea Constituyente. 

El artículo 206 de la Constitución Política 

Este artículo precisa que toda reforma parcial constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación sucesiva a los dos tercios del numero legal de congresistas. La ley de reforma constitucional no puede ser observada por el Presidente de la República.

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La iniciativa de reforma constitucional corresponde al Presidente de la República, con aprobación del Consejo de Ministros; a los congresistas; y a un número de ciudadanos equivalente 0,3% de la población electoral, con firmas comprobadas por la autoridad electoral.