A través de una directiva administrativa aprobada por el Ministerio de Salud, se informó que aquellos trabajadores que pertenecen al grupo de riesgo para la COVID-19 como adultos mayores, personas con enfermedades crónicas, entre otras, no podrán retornar a sus oficinas o laborar de forma presencial si no cuentan con la vacunación completa.
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Según el documento, se establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de salud de los trabajadores con riesgo a exposición.
De esta manera, el MINSA establece las siguientes disposiciones para el regreso al trabajo:
También autoriza la reincorporación de trabajadores con alta epidemiológica del COVID-19 emitido por un médico. En el caso de pacientes asintomáticos con diagnóstico probable de infección, el alta se otorgará 14 días después de una prueba confirmatoria positiva.
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Para el caso de trabajadores que fueron pacientes moderados o graves (hospitalización) con diagnóstico confirmado de COVID-19, el Minsa dispone que el alta lo emitirá el médico tratante y la reincorporación a su centro de labores se hará de acuerdo con la evaluación por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.