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Beneficiados son el personal cuyos salarios no se regulan por negociación colectiva, cualquiera que fuere su fecha de ingreso Salario mínimo: ¿Desde cuándo aumentará la asignación familiar?
Friday, 29 Apr 2022 12:18 pm
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A partir del 1 de mayo se incrementará la Remuneración Mínima Vital (RMV) a S/ 1,025, esto también permitirá el aumento de la asignación familiar que se otorga a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que tienen hijos menores de 18 años o que sigan estudios superiores o universitarios, con lo cual se prolonga hasta los 24 años.

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Cabe mencionar que dicho beneficio representa el 10? la RMV, según lo señala la Ley N° 25129, y los beneficiados son el personal cuyos salarios no se regulan por negociación colectiva, cualquiera que fuere su fecha de ingreso. Dicho esto, la asignación familiar subirá de S/ 93.00 a S/ 102.50.

Según indicó Carlos Cadillo Ángeles, abogado laboralista, el monto se pagará al trabajador independientemente de la cantidad de sus hijos. Así también, si la madre y el padre son trabajadores de un mismo empleador, cada uno tendrá derecho a percibir la asignación, subraya. Además, aclaró que si un trabajador tiene más de un empleo, este tiene derecho a recibir el beneficio por cada relación laboral existente.

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la asignación familiar la abonará la empresa desde el momento en que el trabajador acredita la existencia del hijo o hijos que tuviere y bajo la misma modalidad con la se efectúa el pago de las remuneraciones a su personal.

Dicho bene­ficio se abonará por separado y en forma adicional al sueldo, lo que constará en la boleta de pago que se entrega a los trabajadores.

¿CÚALES SON LOS REGÍMENES? 

El MTPE precisa que algunos regímenes laborales especiales incluyen a la asignación como parte de los bene­ficios de sus trabajadores. Sin embargo, refiere, también existen otros que no consideran este derecho, en algunos casos, porque regulan un bene­ficio análogo establecido mediante ley o convención colectiva.

Por ejemplo, en el régimen agrario se abona de forma proporcional a los días trabajados y en el pesquero se paga en proporción al período semanal y tiene carácter cancelatorio. Mientras, la asignación del trabajador portuario es proporcional, de acuerdo con la ley.

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En construcción civil no se abona como tal. En su lugar, los trabajadores que tengan uno o más hijos menores de 18 años que cursen la educación inicial y/o básica (primaria) tienen derecho a la asignación por escolaridad, que es equivalente a 30 jornales básicos al año, puntualiza el MTPE.