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ONPE es la entidad encargada de elegir a las personas que cumplirán dicho trabajo el próximo 2 de octubre Elecciones 2022: ¿Cuándo sabré si soy miembro de mesa?
Wednesday, 25 May 2022 17:30 pm
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El próximo domingo 2 de octubre se llevará a cabo las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Debido a que todo va quedando listo para el proceso electoral, muchos se preguntan desde ahora si fueron elegidos miembros de mesa con el fin de que puedan cumplir a cabalidad sus funciones ese día.

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Sin embargo,hasta el momento, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aún no ha realizado el sorteo respectivo para nombrar a los miembros de mesa, titulares y suplentes. Este acto lo hará máximo el 24 de julio.

Una vez que se tengan los nombres de quienes fueron designados para esa labor en los comicios, se otorgará un tiempo limitado para presentar tachas a las mismas y luego recién dar a conocer la lista final.

¿CÓMO SE ELIGE A LOS MIEMBROS DE MESA?

Los miembros de mesa para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 del próximo 2 de octubre son elegidos mediante un sorteo a cargo de la ONPE y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Representantes de ambas entidades elegirán por cada mesa tres miembros titulares y tres suplentes.

¿QUIÉNES SON ELEGIDOS COMO MIEMBROS DE MESA?

Para el proceso electoral, se elige, de preferencia, a los ciudadanos con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente o a los que aún no hayan realizado dicha labor.

¿QUIÉNES NO PUEDEN SER ELEGIDOS MIEMBROS DE MESA?

Hay ciudadanos que de ninguna manera deben ser elegidos miembros de mesa. La ONPE detalló quiénes pertenecen a este grupo:

SI SALGO ELEGIDO MIEMBRO DE MESA, ¿PUEDO PEDIR QUE ME EXCLUYAN?

Lo primero que debes saber es que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable. Aunque hay excepciones como los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del país o ser mayor de 70 años de edad; además de los señalados en el punto anterior.

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¿QUÉ PASA SI NO CUMPLO CON MI DEBER DE MIEMBRO DE MESA?

Como ya mencionamos que este cargo es irrenunciable y de suma importancia para el desarrollo de los comicios, si aún así decides no cumplir con tu deber, tendrás que pagar una multa económica.

¿CUÁLES SON LAS MULTAS PARA LOS ELECTORES OMISOS?

La Ley Orgánica de Elecciones (artículo 9) precisa que los ciudadanos con derechos civiles vigentes están obligados a votar. Para los mayores de setenta años, el voto es facultativo. Si no sufragas pagarás una multa en la siguiente escala: