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Empresas están obligadas a emitir este documento, reemplazando definitivamente las facturas, boletas de venta y cualquier otro tipo de comprobantes físicos ¿Tienes una pyme? Así puedes emitir comprobantes de pago electrónicos
Saturday, 25 Jun 2022 18:00 pm
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Desde este 1 de junio todas las empresas estan obligadas a emitir Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE), reemplazando definitivamente las facturas, boletas de venta y cualquier otro tipo de comprobantes físicos.

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La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) afirmó que todas las empresas con ingresos menores a 96,600 soles (23 unidades impositivas tributarias, UIT) deben de emitir facturas o boletas de venta de forma electrónica. Pero,

¿Cómo pueden las empresas incorporar la emisión electrónica? 

1. Investigar y considerar diferentes perspectivas, averiguando acerca de los plazos, normativas y mejores alternativas para comenzar. 

2. Elegir el mejor sistema de emisión electrónica. Si bien se puede optar por el sistema de Sunat, su uso puede resultar tedioso e ineficiente, debido a las constantes caídas que presenta; sin embargo, también se puede emplear un sistema de punto de venta que ayude a gestionar el negocio y procesar facturas y boletas de venta de forma fácil y rápida.

3. Informar al personal, clientes y proveedores de los cambios que estás realizando.

¿Por qué emitir comprobantes de pago electrónicos?

Ahorro en tiempo, costos de impresión, transporte y almacenamiento de los comprobantes. Según el líder Estratégico en Perú de Alegra.com, Adolfo Coll-Cárdenas, la facturación electrónica podría ahorrar a las pymes más de 40,000 soles al año, debido a que una pyme emite en promedio 200 facturas mensuales, y cada una conlleva un costo aproximado de 20 soles.

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¿Qué pasa si la empresa no emite estos comprobantes de pagos electrónicos? 

Si las empresas no cumplen con la medida dispuesta pueden ser multadas bajo el numeral 2 del artículo 174 del Código Tributario, lo que corresponde una multa equivalente a 2,300 soles (50? la UIT) por concepto de infracción.