El Ejecutivo oficializó este miércoles la ley que establece que a partir de ahora los robos que sean mayores a 495 soles sean considerados delitos y ya no faltas. Antes de esta modificatoria, lo hurtado debía ser de más de S/1.025 para que sea un delito.
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Esta norma publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que si se roba un bien cuyo valor no pase de S/495, este es calificado como falta y la persona será reprimida con prestación de servicios comunitarios de 40 a 120 jornadas o con 60 a 180 días multa.
En tanto, cuando el valor de lo hurtado supere los 495 soles, será considerado como delito y no falta, lo que significa que el ladrón deberá seguir un proceso penal.
Como se recuerda, dicha ley, cuyo autor fue el legislador Alejandro Muñante, de Renovación Popular, fue aprobada en el Pleno del Congreso con 89 votos a favor el último 11 de mayo.
Además, esta norma busca aumentar el control penal sobre los ilícitos patrimoniales a fin de convertir faltas actuales en delitos penales.