
“No es necesaria la medida de detención preliminar judicial, menos aún el estado de incomunicación de mlos investigados”, resolvió la sala, presidida por la juez Sonia Torres Muñoz. La decisión se centró en los aspectos del riesgo de fuga y de obstaculización. Ello no implica que no haya evidencia o que la investigación de la fiscalía no tenga evidencia de presuntos actos ilícitos. Más bien, la sala cuestionó que el juez de primera instancia no haya justificado adecuadamente el supuesto riesgo de fuga o de osbtaculización. En consecuencia, la sala dispuso que los investigados sean llevados de vuelta a la sede policial donde estaban detenidos y que salgan libres una vez que se les notifique formalmente la decisión. Por ser de segunda instancia, la medida no puede ser apelada.