Las personas que no acaten la norma, será penalizada con una multa de 1 UIT, es decir, S/ 5 150, y el internamiento de la unidad en el Depósito Municipal oficial de Vehículos (DMV).
Cabe señalar que la disposición fue publicada en el diario oficial El Peruano, y establece que se considerará falta grave que circulen dichos vehículos con más de un ocupante.
Según indica la ordenanza, la decisión fue tomada considerando que "no se advierten acciones" para frenar los actos delincuenciales que vive Lima durante el actual estado de emergencia por 60 días.
Como se recuerda, fueron 13 los distritos de Lima y uno del Callao que fueron decretados como distritos en estado de emergencia
Es así que, en concordancia con la autonomía institucional, reconocida en la Constitución Política del Perú, complementada con los artículos que desglosa la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; al ser un ente autónomo de competencia decisoria para asuntos de su competencia, y con la finalidad de salvaguardar la vida, integridad física y la tranquilidad pública, resulta necesario regular restricciones para el uso de las motos lineales en el distrito de Puente Piedra", agrega.