32 municipalidades en Lima y Callao elevarán arbitrios de 3% a 15%

La Cámara de Comercio de Lima, advierte que solo los distritos de Cieneguilla, Lince y San Miguel cobrarán el mismo monto que el año pasado.


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REDACCION LIMAY

LIMAY.PE

Lima, 07 de February de 2023

Actualizado el 07/02/2023 04:01:13 am

Este martes, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que 32 municipalidades de Lima Metropolitana y el Callao, elevarán este año sus arbitrios entre 3?5% respecto al 2022, debido a la inflación.

 

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El gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez, indicó que los municipios que incrementarán los arbitrios en función de la inflación producida en el año 2022 son: Carmen de la Legua Reynoso (5.64 %), Pucusana (4.44 %), Carabayllo (3.21 %), San Juan de Miraflores (10 %), La Victoria, (4.44 %).

También La Perla (6.13 %), Villa María del Triunfo (3.21 %), Jesús María (4.44 %), Lurigancho – Chosica (3.21 %), Santa María del Mar (4.44 %), Comas (5 %), Los Olivos (5.42 %), y Callao (6.68 %).

Asimismo, Chaclacayo (6.13 %), Independencia (4.44 %), El Agustino (4.44 %), San Luis (6.68 %), Pachacamac (6.13 %), La Punta (6.68 %), San Juan de Lurigancho (5 %), Puente Piedra (5 %), Bellavista (6.68 %), Ate (10 %), Chorrillos (15 %).

Finalmente, Punta Hermosa (6.68 %), San Isidro (2.55 %), San Martin de Porres (15 %), Santa Anita (4.44 %), Santa Rosa (6.13 %), Surquillo (6.13 %), Mi Perú (7.05 %), y Ancón (4.44 %).

“A estos se suman los distritos de Cieneguilla, Lince y San Miguel, comunas que cobrarán el mismo monto que el año pasado”, puntualizó la CCL.

“Ello en función al ajuste del Índice de Precios al Consumidor (inflación) producido en el año 2022”, precisó.

Gálvez también refirió que los arbitrios constituyen tributos (tasas) por los servicios públicos de limpieza pública, parques y jardines, y serenazgo, que cobran las municipalidades al vecindario.

Los mismos que se determinan conforme con la estructura de costos que haya sido aprobada por la municipalidad distrital y ratificada por la municipalidad provincial, en este caso por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima.

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“Conforme a la Ley de Tributación Municipal, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, las municipalidades de Lima deben publicar en el diario oficial El Peruano sus respectivas ordenanzas, en las cuales conste los costos efectivos que demanda el servicio público según el número de contribuyentes de sus respectivas jurisdicciones”, señaló.

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