

Redacción Limay
LIMAY.PE
Lima, 21 de April de 2021
Actualizado el 21/04/2021 01:02:10 am
El Tribunal Constitucional (TC) determinó que las aerolíneas no pueden cobrar penalidades a sus clientes por transferir sus pasajes a otras personas o cambiar la fecha de su viaje, todo ello en el marco de la ley de protección al consumidor.
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Pese a ello, algunas líneas aéreas continúan con los cobros indebidos luego de que la empresa Lan Perú S.A. presentara una demanda de amparo contra Indecopi ante el TC en el 2013 solicitando la suspensión de esa medida.
En su reclamo, Lan señalaba que esta situación afectaba su libertad de contratación, mientras que Indecopi aclaraba que la norma incentivaba el comercio ya que “equipara una situación de asimetría de las aerolíneas frente a los consumidores”.
Tras evaluar la postura de las dos partes, el TC falló a favor de Indecopi ya que consideró que las aerolíneas solo pueden realizar cobros adicionales por los servicios no esenciales.
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El TC señala que postergar la fecha del viaje o endosar el boleto sí son servicios esenciales, por ende, no pueden estar sujetos a penalidades. Pero esta medida solo se aplicaría en vuelos nacionales.