Redacción Limay
LIMAY.PE
Lima, 02 de August de 2024
Actualizado el 02/08/2024 08:49:20 am
El Congreso declaró procedente por su periodo como jefe de Estado (1990 -2000). El beneficio económico será de S/15.600 y se otorgó en respuesta Contradictoriamente, ese mismo pedido lo hizo Pedro Castillo, sin embargo no are fue negado con contundencia por tener, al igual que Fujimori, una acusación constitucional en su contra.
La Ley N.º 26519, establece pensión para los expresidentes, para cuyo efecto, establece dos reglas en sus artículos 1° y 2°; siendo la primera, la de ostentar la calidad de expresidente constitucional de la República; mientras la segunda es no encontrarse acusado constitucionalmente, ‘salvo que la sentencia judicial los declare inocentes’", se lee en el documento.
Posteriormente, el escrito indica: “La suspensión de la pensión es instrumental, pues se halla condicionada a posterior de la acusación constitucional a la declaratoria de inocencia. La exigencia de esta declaratoria de inocencia podría vulnerar el derecho a la presunción de inocencia, reconocido por el literal e) del numeral 24 del artículo 2° de la Constitución [...] En consecuencia y luego de la verificación antes mencionada, la solicitud [...] resultaría procedente”.
Tras esta explicación, la resolución de la Oficina Legal y Constitucional del Congreso determinó que la solicitud "resultaría procedente".
Sin embargo, el artículo 2 de la Ley 26519 establece que este recurso no puede ser otorgado a un expresidente que ha sido acusado constitucionalmente y, en ese contexto, es encontrado culpable de la comisión de un delito.
En el caso concreto del expresidente Fujimori, el 30 de noviembre del 2000 el Congreso planteó una denuncia constitucional en su contra por una serie de delitos por los que, posteriormente, fue hallado culpable. En ese momento, el proceso de antejuicio siguió su curso y, el 23 de febrero del 2001, se inhabilitó a Fujimori del ejercicio de la función pública hasta por 10 años. Por ende, quedó aprobada la acusación constitucional en su contra.
Después de esto, el 7 de marzo del 2009, el Poder Judicial sentenció al expresidente Alberto Fujimori a 25 años de prisión por autoría intelectual de los crímenes de 15 personas, incluido un niño de 8 años, en Barrios Altos y de los ocho estudiantes y un profesor de La Cantuta.
Así, se cumplen los dos requisitos por los cuales el Congreso no debió otorgar la pensión vitalicia al exdictador.