redaccion Limay
LIMAY.PE
Lima, 12 de September de 2026
Actualizado el 12/09/2026 12:41:36 pm
Un cambio importante llegará al sistema de pensiones peruano. Desde el 1 de junio de 2027, los afiliados podrán solicitar su traslado de la ONP a una AFP o realizar el camino contrario, de acuerdo con el nuevo Reglamento Operativo de Traslados aprobado por la ONP en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La medida forma parte de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, y fue desarrollada mediante el Decreto Supremo N.° 189-2025-EF y la reciente Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000081-2026-PE-ONP. Las entidades tienen hasta el 31 de mayo de 2027 para adecuar sus sistemas y, al día siguiente, comenzará la recepción de solicitudes.
¿Cómo se solicitará el cambio?
El proceso estará centralizado en la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST). Antes de tomar una decisión, el afiliado deberá acceder a información sobre las diferencias, beneficios, requisitos y consecuencias de pertenecer al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
El primer traslado podrá solicitarse en cualquier momento a partir del 1 de junio de 2027. Sin embargo, si una persona posteriormente quiere volver a cambiar de sistema, deberá haber permanecido como mínimo 24 meses en el régimen previsional en el que se encuentre.
¿Qué pasará si estás en la ONP y quieres una AFP?
Quien pase del SNP al sistema privado iniciará el trámite mediante la PAST. La ONP revisará los aportes efectuados y tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles para elaborar el Reporte Situacional del afiliado. Una vez emitida la constancia de traslado, la incorporación al SPP se realizará al día siguiente.
Los afiliados que salen de la ONP podrán solicitar un Bono de Reconocimiento por sus aportes anteriores si cumplen los requisitos establecidos. Además, la norma contempla condiciones especiales para personas de 65 años o más que acumulen por lo menos 240 unidades de aporte y puedan acceder a una pensión garantizada en el SNP.
¿Y si quieres dejar la AFP para ingresar a la ONP?
En este caso, la solicitud se presentará ante la empresa administradora del fondo, que ingresará la información a la PAST. La AFP deberá generar un reporte con los aportes, saldo de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC), historial previsional y otros datos que serán evaluados por la ONP.
Una vez recibido el reporte final, el afiliado tendrá hasta 30 días hábiles para expresar si está de acuerdo con continuar con el traslado. Si no da su conformidad dentro del plazo, el procedimiento termina y continuará perteneciendo al sistema privado.
Un punto clave es qué ocurre con el dinero acumulado. Si el traslado de AFP a ONP se concreta, se transferirá el 100?l saldo correspondiente a los aportes obligatorios de la CIC al Fondo Consolidado de Reservas Previsionales administrado dentro del sistema público. Los aportes voluntarios con fin previsional no serán transferidos y permanecerán bajo administración de la entidad correspondiente hasta la jubilación.
La nueva regulación también toma en cuenta los retiros de fondos AFP realizados anteriormente. Para calcular los meses o unidades de aporte que serán reconocidos al trasladarse a la ONP se considerará lo que efectivamente permanezca en la cuenta después de esos retiros, según las fórmulas establecidas en el reglamento.
¿Quiénes no podrán cambiarse?
La prohibición expresa alcanza a quienes ya reciben una pensión de jubilación o invalidez, tanto en la ONP como en el sistema privado. Además, durante la solicitud la plataforma verificará la identidad, situación previsional, tiempo de permanencia y la existencia de trámites que puedan impedir temporalmente continuar con el procedimiento.
La SBS todavía deberá emitir disposiciones complementarias antes de que el nuevo mecanismo comience a funcionar. Con la reforma, cambiar de ONP a AFP —o regresar al sistema público— dejará de ser una posibilidad excepcional y pasará a formar parte del nuevo sistema previsional, aunque la decisión deberá tomarse teniendo en cuenta el historial de aportes, la edad y las condiciones que ofrece cada régimen.