Redacción Limay
LIMAY.PE
Lima, 30 de May de 2021
Actualizado el 30/05/2021 09:30:53 am
El miércoles pasado, mediante una conferencia de prensa, el Gobierno estableció medidas que regirán en todo el territorio nacional hasta el 20 de junio. Las disposiciones fueron publicadas el último jueves en el Decreto Supremo 105-2021-PCM.
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Cabe indicar que las medidas serán según la clasificación de provincias, de acuerdo al riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto, alto y moderado. En el caso de la capital y el primer puerto del país, ambas están en el nivel “muy alto”.
Restricciones
De lunes a domingo los ciudadanos pueden transitar con normalidad pues no hay cuarentena. No obstante, el toque de queda se inicia a las 9 de la noche hasta las 4 de la mañana del día siguiente.
También se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
Los domingos 13 y 20 de junio se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares, salvo que se cuente con el pase especial por labores esenciales. No obstante, el transporte público sí funcionará durante ambas fechas.
Día de las elecciones y día del padre
Vale precisar que el 6 de junio no regirá esta medida de restricción vehicular debido a la jornada de la segunda vuelta en el marco de las Elecciones 2021. En tanto, el domingo 20 de junio se acatará la inmovilización social durante todo el día por el Día del Padre, que regirá en todo el país.
Transporte interprovincial e ingreso a playas
El transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ingreso a las playas sigue suspendido para la población de ambas ciudades.
Bancos
Respecto al aforo, en bancos y otras entidades financieras asciende al 50?l total, al igual que en tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.
Restaurantes
El aforo es hasta 40% en restaurantes y afines en zonas al aire libre, al igual que en bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y en la enseñanza cultural en espacios abiertos.
En restaurantes y afines en zonas internas; centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; así como en artes escénicas en espacios abiertos; y actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, el aforo es hasta 30?l total.
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OTROS
Mientras, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); así como en templos y lugares de culto el aforo es hasta 20?l total.