Del 10 al 30 de mayo: Autos particulares no circularán los domingos

La norma recuerda que el toque de queda no aplica para el personal que presta servicios esenciales, como salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, delivery, ni en personas que presenten alguna emergencia.


...

Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 08 de May de 2021

Actualizado el 08/05/2021 09:24:28 am

Este sábado, el Gobierno publicó el decreto supremo que actualiza el nivel de riesgo de las provincias frente al COVID-19 y establece que, en todo el país, los autos particulares no podrán circular los domingos comprendidos del 10 al 30 de mayo. Esto quiere decir que los domingos 16, 23 y 30 de mayo los autos particulares estarán impedidos de salir, independientemente del nivel de riesgo en que se encuentre la provincia.

Juan Carlos Oblitas denuncia que adulteraron un video suyo: "Estoy indignado, el video lo utilizan como propaganda política del partido Perú Libre" [VIDEO]

Excepcionalmente, señala la norma publicada en El Peruano, podrán circular los vehículos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente. Tal como lo indicó Arturo Granado, vocero del Minsa, los adultos mayores también pueden movilizarse esos días en caso les corresponda su vacunación contra el covid-19.

"Los domingos con inmovilización social o en cualquier feriado los adultos mayores y un acompañante pueden circular en taxi, transporte público o auto particular con sus respectivos DNI que confirmen que están en el rango de edad de vacunación", sostuvo el vocero.

Niveles de riesgo 

El Decreto Supremo actualiza la relación de provincias que durante este período (del 10 al 30 de mayo) estarán en nivel de alerta "moderado", "alto", "muy alto" y "extremo" frente al COVID-19.

Lima Metropolitana y el Callao dejan el nivel de "alerta extrema" y bajan a riesgo "muy alto" frente al coronavirus, lo que significa que se eliminarán restricciones como la inmovilización social o toque de queda los domingos.

Toque de queda

De acuerdo con la norma, del 10 al 30 de mayo se dispone la inmovilización social obligatoria (toque de queda) de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta que tenga la provincia:

Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

La norma recuerda que el toque de queda no aplica para el personal que presta servicios esenciales, como salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, delivery, ni en personas que presenten alguna emergencia.

Se registró un sismo de 3.7 de magnitud Arequipa

Tampoco en el caso del personal que participa en la prestación de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, entre otros mencionados en el decreto.

TAGS RELACIONADOS

Limay.pe

|

Toque de queda

|

Pandemia

|

COVID-19

|