Delincuente abatido en VES: ¿En qué momentos se aplica la legítima defensa?

Entérate en qué momentos se puede emplear el derecho a defenderse uno mismo y a su familia de un peligro inminente y no ser procesado por ello


...

Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 27 de May de 2023

Actualizado el 27/05/2023 01:41:12 am

Ayer viernes, el Ministerio Público abrió investigación contra el dueño de un chifa que abatió a un delincuente que ingresó a su local y que amedrentó a su esposa e hijo de 11 años. En ese momento, el empresario salió con un arma y disparó dos veces, provocándole la muerte del hampón de forma instantánea.

MP abrió investigación contra empresario que abatió a delincuente

Respecto a este tema, la abogada penalista Romy Chang, señaló que el hombre no podría ir preso, debido a que la legítima defensa que aplicó al dispararle al delincuente fue porque había amenaza real contra la vida de su familia.

SI DELINCUENTE USA ARMA DE JUGUETE TAMBIÉN SE APLICA LA LEGÍTIMA DEFENSA

“La legítima defensa es válida en la medida en que exista una amenaza que sea percibida como real por la persona afectada, como en este caso, que (el delincuente) no solo le decía ‘te mato’, sino este ademán de mantener de la mano en el bolsillo (simulando) de tener un arma. Una víctima no va a averiguar si la tiene o no. La vida está primero”, comentó Chang.

La abogada resaltó que, incluso, el robar a una persona con un arma de juguete, es considerado “robo agravado con arma de fuego”, pues según los tribunales peruanos: “Lo que importa es la sensación de peligro en que la víctima se siente comprometida”.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA LEGÍTIMA DEFENSA?

1. La agresión es real

La agresión debe ser real, seria, grave e inminente. La reacción debe ser en el momento preciso de la agresión, es decir, debe ser actual.

2. Necesidad racional del medio empleado

El instrumento o medio que se emplee para defenderse debe ser racional. La racionalidad no debe confundirse con la proporcionalidad. Es decir, que la víctima puede utilizar una herramienta diferente a la del agresor para defenderse.

Liberan a dueño de chifa que abatió a delincuentes en VES

3. Falta de provocación

El que se defiende no debe haber provocado la agresión. Y es que la acción de provocación se considera un ataque en el código penal peruano.  

Cabe mencionar que el acto de venganza, cualquiera sea la razón, no se encuentra amparado por el derecho de la legítima defensa.

TAGS RELACIONADOS

Legítima defensa en Perú

|