Dinámicos del Centro: Dictan comparecencia con restricciones a 16 investigados incluido Cerrón

Red criminal fue encabezada por el exgobernador de Junín y habría tenido como plan la percepción de dinero ilícito destinado a Perú Libre.


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REDACCIÓN LIMAY

LIMAY.PE

Lima, 27 de January de 2022

Actualizado el 27/01/2022 05:53:06 am

El juez Jorge Chávez Támariz, titular del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, declaró fundado el requerimiento de la fiscalía para dictar comparecencia con restricciones a 16 investigados en el caso Los Dinámicos del Centro, red criminal que presuntamente es encabezada por Vladimir Cerrón.

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El fallo es contra los investigados Wilfredo Berrospi Canchaya, Augusto Gabriel Osores, Ignacio Llana Alania, Ángel Meza Trillo, Guillermo Surichaqui Sapallanay, Silvestre Huata Ramírez, Luis De La Peña Tovar y Hugo Reyes Espejo.

Además también alcanza a Mamerto Tomás Cristóbal, Félix Illesca Muñoz, José Adauto Silvestre, Rosa Lucas Flores, Alejandro Soto Cóndor, Yessica Marín Paucar, César Bonifacio Pérez y Alejandro Rodolfo Zurita Amaro, a todos se les imputa por los delitos de organización criminal y cohecho pasivo propio, en agravio del Estado.

“Para el juzgado los investigados cuentan con plurales elementos de convicción que en su análisis son suficientes para vincularlos al IV nivel de una organización criminal”, se lee en la resolución judicial.

Asimismo, apunta que la medida de coerción personal es idónea, “pues resulta ser la más apta para alcanzar los fines del proceso penal, que comprende hasta su estadio final cuando tenga que determinarse responsabilidades penales”.

Otro extremo califica que la comparecencia con restricciones es necesaria porque el “peligrosismo procesal en el presente estadio no representa una razón que exija de modo absoluto invocar una medida tan gravosa como es la prisión preventiva”.

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En consecuencia, los 16 procesados deberán cumplir las siguientes reglas de conducta:

1. Comparecer cada 30 días al registro de Control Biométrico

2. Prohibición de comunicarse con sus coimputados comprendidos en el proceso penal.

3. Prohibición de comunicarse con los órganos de prueba (testigos y peritos), que el Ministerio público cite para los fines de la presente investigación.

4. No variar de domicilio sin conocimiento de la autoridad fiscal o judicial.

5. Imponer una caución económica que deberá ser cancelada en un plazo de 10 días hábiles, una vez que la presente resolución haya sido consentida.