Funcionarios que cometan delitos durante emergencia sanitaria serán inhabilitados de por vida

La Ley 31178, que modifica Código Penal y fue publicada este miércoles en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, también establece severas penas de privación de la libertad


...

Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 28 de April de 2021

Actualizado el 28/04/2021 10:58:09 am

De acuerdo a la ley publicada este miércoles en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, los funcionarios públicos que incurran en delitos de colusión, peculado y malversación durante estado de emergencia sanitaria o calamidad pública o cuyo accionar en estos ilícitos comprometa la defensa, seguridad o soberanía nacional, serán inhabilitados de por vida.

VES: Policía inicia desalojo de invasores en Lomo de Corvina

La Ley 31178 modifica algunos artículos del Código Penal sobre estos temas y establece también la misma sanción para los que incurran en lavado de activos y financiamiento al terrorismo.

La norma señala que en casos de colusión simple y agravada al intervenir en adquisiciones o contrataciones concertando con las partes interesadas, el trabajador del Estado recibirá la pena privativa de la libertad no menor de 15 años ni mayor de 20. Además, será inhabilitado a perpetuidad.

Las sanciones se aplicarán bajo estas situaciones: cuando el funcionario forme parte de una organización criminal, cuando su acción esté vinculada a programas sociales asistenciales o cuando saque provecho de una situación de calamidad pública, emergencia sanitaria o su acción comprometa la defensa, seguridad o soberanía nacional.

Para los delitos de peculado doloso y culposo las penas son similares que la de colusión, pero se le añade que el valor de lo apropiado o utilizado sea mayor a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). En esos casos la pena de cárcel será no menor de 8 ni mayor de 15 años, además de la inhabilitación de por vida.

En caso que el servidor estatal permita que a otra persona sustraer recuerdos públicos de programas con fines asistenciales o de inclusión social, la pena será no menor de 3 ni mayor de 5 años de prisión.

Digemid pone a la venta cannabis medicinal en dos concentraciones

En cuanto a la malversación es la misma que la de colusión. Las sanciones van de 4 a 8 años de cárcel e inhabilitación perpetua para desempeñar funciones en el Estado.