La corte Suprema se rectifica y deja sin efecto reducción de pena a violadores si tienen un hijo con su víctima

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) saludó la “rectificación oportuna y necesaria” efectuada por la Corte Suprema respecto al Acuerdo Plenario Nº 01-2023/CIJ-112.


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 22 de December de 2023

Actualizado el 23/12/2023 12:04:06 pm

En un comunicado difundido en la cuenta de X del Poder Judicial, la Corte Suprema argumentó que los referidos fundamentos  donde los agresores sexuales, podrían reducir su pena,  siempre y cuando tengan un hijo nacido por una violación sexual contra su víctima, quedan sin efecto “hasta que, en un próximo Pleno Jurisdiccional, se examine ponderadamente, con el aporte de las opiniones de la comunidad jurídica y nacional, la necesidad o no de su inclusión, siempre tomando en cuenta el interés superior de las niñas, niños y adolescentes”.

Cabe señalar que, ante la noticia difundida, por la Corte Suprema desencadenó muchas reacciones en contra, lo que originó que ésta retrocediera y dejara sin efecto los fundamentos 50° y 51° del Acuerdo Plenario 01-2023/CIJ-112, publicado el pasado 28 de noviembre.