Más de 1,300 casos de acoso sexual laboral se registraron en solo 2 años

Denuncias se incrementaron en más del 40% entre el 2020 y 2021, informó la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 02 de March de 2022

Actualizado el 02/03/2022 01:21:11 am

Entre el 2020 y 2021, los casos de hostigamiento sexual laboral se incrementaron en un 40%. Así lo confirmó la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo.

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Según se detalla, durante la pandemia hubo un total de 1,320 denuncias de este tipo de actos, que en dos años aumentó.

En el 2019, se registró 63 casos, en el 2020, 469 y el año pasado un total de 788 casos. De esta manera, se observa que entre el 2020 y el 2021, el número de casos registrados en la plataforma del MTPE se incrementó en un 40,48%.

El sector informa que ante este panorama se han realizado actividades de capacitación orientadas a fortalecer los conocimientos de los funcionarios y servidores de las direcciones o gerencias regionales de Trabajo y Promoción del Empleo en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación en el ámbito laboral.

Esto, en favor de grupos humanos de especial protección (personas viviendo con VIH y SIDA, afectadas por Tuberculosis, afrodescendientes, madre trabajadora, etc).

¿Cómo identificar el acoso laboral?

La Plataforma virtual de Registro de Casos de Hostigamiento Sexual se creó en noviembre de 2019 y permite al empleador recibir las denuncias e informar de ellos al MTPE, así como de la imposición de sanciones y otras medidas adicionales, en el marco de un procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual en el sector privado.

Las conductas consideradas como hostigamiento sexual en el trabajo pueden ser:

· Promesas de beneficios especiales a cambio de favores sexuales.

· Amenazas mediante las cuales se exija una conducta no deseada.

· Acercamientos corporales, roces, tocamientos u otras conductas físicas de naturaleza sexual que resulten ofensivas y no deseadas.

· Uso de términos de connotación sexual o sexista, insinuaciones sexuales, gestos obscenos o exhibición de imágenes de contenido sexual, que resulten insoportables, hostiles u ofensivos.

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· Trato ofensivo u hostil por el rechazo de las conductas señaladas anteriormente.

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