Minedu: Conoce las nuevas normas para el regreso a clases 2022

Ministerio de Educación dio a conocer las medidas de prevención, protocolo y demás parámetros para retorno a la presencialidad


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 29 de January de 2022

Actualizado el 29/01/2022 08:18:11 am

A través de la Resolución Ministerial Nº 048-2022-MINEDU, publicada ayer en el diario El Peruano, el Ministerio de Educación modificó el documento normativo “Disposiciones para el retorno a la presencialidad para el año escolar 2022, en el marco del COVID-19″.

La normativa señala y explica los tipos de prestación del servicio educativo, medidas de prevención personal en colegios, protocolo para clases y cómo se actuará ante casos sospechosos o confirmados de contagio COVID-19 en las instituciones educativas.

A continuación te las damos a conocer lo más detallado posible.

TIPOS DE PRESTACIÓN EDUCATIVA

- PRESENCIAL

Servicio educativo en horario regular de lunes a viernes con la presencia física del o de la docente y de las y los estudiantes. Este tipo de prestación se dará en las instituciones o programas educativos en los que los estudiantes no excedan el aforo máximo permitido y pueden asistir diariamente cuidando el distanciamiento físico (1 m) y los protocolos establecidos en el presente documento normativo. Respecto a los servicios educativos con residencia, tales como las MSE Secundarias en Alternancia, los COAR y las Secundarias con Residencia Estudiantil, en estos casos, las horas pedagógicas deberán adaptarse en función del MSE; y la distancia entre camas en el área de dormitorios será no menor a 1.5 m.

- SEMIPRESENCIAL

Servicio educativo que combina momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo cinco (5) días a la semana. El horario se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones y programas educativos. En ambos momentos, los estudiantes desarrollan procesos de aprendizaje que se complementan. Si el servicio educativo se brinda de forma semipresencial, el docente debe acordar los horarios, medios de comunicación y herramientas para el trabajo a distancia con los estudiantes y sus familias. Se debe contemplar que la forma de trabajo a distancia contempla contextos con y sin conectividad para lo cual la o el docente debe adecuar las herramientas para dichos fines. Respecto a los servicios educativos con residencia, tales como los MSE Secundaria en Alternancia, Secundaria con Residencia y los COAR, en estos casos, las horas pedagógicas deberán adaptarse en función del MSE; y la distancia entre camas en el área de dormitorios será no menor a 1.5 m.

- A DISTANCIA

Este servicio educativo se prestará de manera excepcional, únicamente por casos de cambio en la condición epidemiológica establecida por el Minsa, por cuarentenas y/o condición de comorbilidades de los estudiantes. En este tipo de servicio, el estudiante no comparte el mismo espacio físico con sus pares y docentes para el desarrollo de sus competencias, pudiendo desarrollarse en contextos con y sin conectividad. Este tipo de prestación del servicio educativo se da en casos excepcionales. Los estudiantes acceden al servicio educativo desde una modalidad a distancia con acceso a medios como plataformas web, radio, televisión, tableta con internet, entre otros. En casos de no conectividad, se implementa una estrategia de sesiones remotas sincrónicas y/o asincrónicas donde se asegure la entrega de materiales educativos complementando con llamadas o videollamadas.

El docente debe acordar los horarios y medios de comunicación para el trabajo remoto con los estudiantes y sus familias, tomando en cuenta las disposiciones de la autoridad sanitaria.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN COLEGIOS

Acorde a las disposiciones del Minsa, todo miembro de la comunidad educativa debe respetar las siguientes medidas generales para asegurar su protección y prevención frente a la COVID-19:

Vacunación completa contra el COVID 19. La medida de prevención más efectiva es la vacunación completa contra el COVID-19. Al respecto, deben observarse las disposiciones sobre la materia emitidas por el Minsa.

SOBRE CONSUMO DE ALIMENTOS

Cada estudiante consumirá los alimentos que trae desde su hogar, para lo cual se guardará una distancia física de 2 metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de una o un docente como parte de una hora pedagógica (aplica para ámbitos rurales y urbanos).

- Mantener la higiene respiratoria.

- No compartir alimentos ni utensilios.

- Lavarse o desinfectarse las manos antes del consumo de alimentos.

- Retirarse la mascarilla y guardarla durante el consumo de alimentos.

- Al culminar, colocarse la mascarilla nuevamente y lavarse las manos.

- Los quioscos, las cafeterías y los comedores escolares se mantendrán cerrados y sin brindar servicios durante la emergencia sanitaria.

-Identificación de personas del grupo de riesgo frente al COVID-19.

COLEGIOS: SOBRE GRUPOS DE RIESGO EN NIÑOS Y ADULTOS

Antes de iniciar el servicio educativo con algún grado de presencialidad, la institución o el programa educativo debe realizar la identificación de los miembros de la comunidad educativa que pertenecen al grupo de riesgo frente al COVID-19.

Según el MINSA, pertenecen al grupo de riesgo las personas mayores de 65 años o personas con condiciones o comorbilidades, tales como:

- Cáncer.

- Enfermedad renal crónica.

- Enfermedad pulmonar crónica: EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica); fibrosis quística; fibrosis pulmonar; hipertensión pulmonar; asma grave o no controlada.

- Afecciones cardiacas, tales como insuficiencia cardiaca, enfermedad de las arterias coronarias o miocardiopatías.

- Diabetes mellitus, tipo 1 y tipo 2.

- Obesidad (índice de masa corporal [IMC] de 30kg/m2 o más).

- Personas inmunodeprimidas (sistema inmunitario debilitado) por inmunodeficiencias primarias, uso prolongado de corticosteroides u otros medicamentos inmunosupresores.

- Receptores de trasplante de órganos sólidos o células madre sanguíneas.

- Enfermedad cerebrovascular (infarto o hemorragia cerebral).

- Hipertensión arterial.

- Síndrome de Down.

- Embarazo.

- Infección por VIH.

- Otros que establezca la Autoridad Sanitaria Nacional frente a futuras evidencias