Redacción Limay
LIMAY.PE
Lima, 22 de May de 2021
Actualizado el 22/05/2021 07:37:55 am
Frente a la segunda ola de la pandemia del coronavirus, el Gobierno peruano estableció una serie de medidas focalizadas en todo el territorio nacional. Estas restricciones entraron en vigencia desde el lunes 10 de mayo y continuarán hasta el domingo 30 de mayo, con el fin de evitar la propagación del coronavirus.
De acuerdo a la nuevas disposiciones, Lima y Callao dejaron la clasificación de riesgo extremo para ubicarse en la categoría de riesgo muy alto frente al COVID-19. Esto obedece a las ligeras reducciones en el número de contagios y fallecidos por el virus. En ese sentido, te contamos cuáles son las nuevas restricciones que debes cumplir según el Decreto Supremo N° 092-2021-PCM.
¿Qué puedes hacer este domingo 23 de mayo?
Horario toque de queda:
- De lunes a domingo el toque de queda será de 9:00 pm. a 4:00 am. del día siguiente en todo Lima y Callao.
- Prohibido el uso de vehículos particulares todo el día. Es decir, este domingo 23 y 30 de mayo no podrás movilizarte en tu auto.
NO ESTÁ PERMITIDO
- No está permitido el uso de playas.
- No están permitidas las reuniones en espacios abiertos y cerrados.
- No están permitidos los eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas.
SÍ ESTÁ PERMITIDO
Para Lima y Callao, ubicadas en la clasificación de riesgo muy alto, los establecimientos comerciales deben cerrar dos horas antes del inicio del toque de queda. El aforo permitido según cada lugar es el siguiente:
AFOROS PERMITIDOS EN ESPACIOS CERRADOS
- Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 30%.
- Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%.
- Restaurantes y afines en zonas internas con ventilación: 40%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
- Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 40%.
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 30%.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 40%.
- Bancos y otras entidades financieras: 50%.
- Templos y lugares de culto: 30%.
AFOROS PERMITIDOS EN ESPACIOS ABIERTOS
- Sin restricción de aforos, respetando los protocolos, y previa autorización del gobierno local.
- Artes escénicas.
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.