COVID-19: Doble mascarilla ya no será obligatoria para viajes aéreos

Si el pasajero usa una KN95, FFP2 y KF94 no será necesario utilizar una más de respaldo


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 27 de November de 2021

Actualizado el 27/11/2021 11:59:13 am

A través de una resolución publicada en el diario El Peruano este sábado, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), actualizó los protocolos para los viajes aéreos durante la emergencia sanitaria por la COVID-19. Una de las principales medidas es que ya no será obligatorio usar doble mascarilla si la persona está portando una KN95.

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El documento “Lineamientos sectoriales para la prevención del coronavirus en la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros y carga”, aprobado mediante la Resolución Ministerial 1195-2021MTC/01, fue publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

A continuación, te detallamos las medidas que han sido actualizadas para viajes nacional e internacionales:

  • El uso adecuado de protección respiratoria (empleo de doble mascarilla o mascarilla con gran capacidad de filtración como las N95, KN95, FFP2 y KF94) durante el vuelo y la permanencia en el aeropuerto. No aplica para los niños menores de dos años.
  • Se establece el distanciamiento físico de 1 metro en los terminales aéreos.
  • En el caso de los vuelos internacionales se establecen las siguientes exigencias adicionales: los pasajeros mayores de 12 años deben acreditar que 14 días antes del vuelo ya cuentan con la dosis completa de la vacuna contra el COVID-19, o presentar una prueba molecular negativa, cuyos resultados se hayan emitido hasta 72 horas antes del embarque.
  • En los vuelos, los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar el avión.
  • Todos los pasajeros deben completar por internet la “Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización” (https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/) durante las 72 horas previas al embarque.

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Medidas para operadores aéreos

Respecto a las principales acciones que deben efectuar los operadores aéreos y las aerolíneas, figuran:

  • La colocación de marcas en el piso que identifiquen las posiciones de espera de los pasajeros en el terminal aéreo.
  • Mantener la adecuada ventilación en los terminales aéreos.
  • Desinfectar los ambientes de los aviones y terminales aéreos.

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