COVID-19: ¿Qué certificado debes presentar si te enfermas y cuántos días son de aislamiento?

Aquí te explicamos cuáles son las obligaciones y los beneficios


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REDACCION LIMAY

LIMAY.PE

Lima, 11 de December de 2022

Actualizado el 11/12/2022 02:21:45 am

Ante el incremento de contagios de covid-19 registrado en las últimas semanas, el Ministerio de Salud (Minsa) recordó que las personas que enfermen a causa del virus deberán cumplir un periodo de aislamiento o cuarentena de 7 a 10 días, dependiendo de los casos, contados desde el primer día del inicio de síntomas.

COVID-19: Estos son los lugares dónde se viene vacunando a la poblaciónMediante Resolución Ministerial N° 018-2022-MINSA, la autoridad sanitaria precisa que toda persona considerada como caso sospechoso o con resultado positivo a coronavirus debe guardar aislamiento domiciliario y descanso médico (de ser el caso) para evitar contagiar a más personas.

Conoce cuáles son estos períodos:

-Pacientes sintomáticos: se les restringe el desplazamiento fuera de su vivienda o centro de aislamiento por 10 días, contados a partir de la fecha de inicio de síntomas.

-Pacientes sintomáticos con vacuna completa (tres dosis) y sin comorbilidad: el aislamiento será por un lapso de 7 días.

-Personas sin síntomas y sin factores de riesgo: el aislamiento se mantendrá hasta 7 días después de la fecha de la prueba (molecular o antígena).

-Además, toda persona con factor de riesgo o sin vacuna completa, que tenga un familiar sospechoso o confirmado de covid-19, debe cumplir un aislamiento de 7 días, el cual puede reducirse a 5 en caso cuente con una prueba molecular tomada el día 3 o más después del contacto.

-Los otros tipos de contacto no requieren aislamiento.

 

Descansos médicos

Respecto a los descansos médicos:

-Todo trabajador con síntomas compatibles con covid-19 debe retornar o permanecer en su domicilio para el aislamiento, de acuerdo con las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2.

-Para que el trabajador inicie el aislamiento, debe comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente. 

-No es necesaria la presentación de un documento que otorgue el descanso médico, o el resultado de una prueba molecular o de antígeno para detección de covid-19.

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-Sin embargo, los trabajadores que retornen a laborar después del período de aislamiento, deberán presentar una constancia de descanso médico, la cual puede obtenerse a través de la Línea 113, el sistema Teleatiendo, un médico del sistema público o privado, o el médico de la empresa.

 

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