JNE: Esta es la resolución que declara infundado el pedido de anulación de elecciones en Puente Piedra

El organismo electoral admitió como fundado el recurso de apelación interpuesto por don Alexis Bryan Atencio Díaz, personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú.


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REDACCION LIMAY

LIMAY.PE

Lima, 31 de October de 2022

Actualizado el 31/10/2022 09:40:28 am

Este lunes, el Jurado Nacional de Elecciones emitió el documento donde se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por don Alexis Bryan Atencio Díaz, personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú; la cual revoca la Resolución N.° 01794-2022-JEE-LIN1/JNE, del 13 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Norte 1.

Puente Piedra: Sujeto se justifica tras robar limosna a abuelito discapacitadoEn el extremo del artículo primero que declaró fundado el pedido de nulidad de elecciones municipales en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, presentado por don Sixto José Pérez Coa, personero legal titular de la organización política Renovación Popular; y, REFORMÁNDOLA, declarar infundado el referido pedido de nulidad, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

Con esto la elección de Rennán Espinoza como alcalde de Puente Piedra es legítima y la postulación del candidato por Renovación Popular, Milton Jimenez,queda desestimada.

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Finalmente, los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N.º 0929-2021-JNE

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