Fiscal de la Nación rechaza dictamen que modifica ley de colaboración eficaz

Este decreto fue aprobado por la comisión de Justicia del Congreso. Ante ello, la titular del Ministerio Público lamentó que el grupo de trabajo no haya tomado en cuenta la posición del organismo


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 20 de February de 2022

Actualizado el 20/02/2022 04:01:59 am

Luego de que la comisión de Justicia del Congreso de la República apruebe el dictamen para modificar la ley de colaboración eficaz, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos a través de la cuenta oficial del Ministerio Público, mostró su rechazo ante esta iniciativa del Parlamento.

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“Ante la decisión de la Comisión de Justicia del Congreso, de aprobar un dictamen que modifica la ley de colaboración eficaz, la Fiscal de la Nación, Zoraida Avalos, expresó su rechazo a esta iniciativa porque atenta contra la lucha anticorrupción y del crimen organizado”, aseveró.

“La máxima autoridad del MP indicó que la Fiscalía de la Nación, en su momento, opinó técnicamente en contra de la iniciativa, pero que su posición no fue escuchada, así como tampoco se escuchó la opinión del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia”, agregó en otro mensaje.

El enero de este año, el grupo de trabajo, presidido por la exfiscal, Gladys Echaíz, plantea hacer cambios en el código pernal y procesal penal, de tal manera que se establezca que los procesos de colaboración eficaz deberán realizarse en un plazo de ocho meses desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo o su denegación; y podrán prorrogarse hasta por cuatro meses más por causa justificada y ocho meses más en casos de crimen organizado.

La comisión tomó esa decisión pese a las observaciones en contra que previamente habían presentado la Procuraduría Ad Hoc del Caso Lava Jato, el Ministerio Público (MP) y el Poder Judicial (PJ).

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El texto, respaldado por 11 votos, también obliga a la celebración de un convenio preparatorio previo al proceso especial y la presencia del abogado del aspirante a colaborador que será contemplado en el artículo 473 del código de procedimientos penales.