Antauro Humala: Tribunal Constitucional declara improcedente recurso que buscaba su libertad

Antauro Humala se encuentra cumpliendo prisión por los delitos de rebelión, secuestro y homicidio calificado


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REDACCIÓN LIMAY

LIMAY.PE

Lima, 20 de October de 2021

Actualizado el 20/10/2021 05:42:18 am

Seguirá en prisión. El Tribunal Constitucional declaró improcedente el recurso de Hábeas Corpus presentado por el representante de la coordinadora nacional Anticorrupción del Perú, Enrique Bernal Solano, en favor de Antauro Humala, quien cumple una condena de 19 años de prisión por el caso 'Andahuaylazo'. 

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La medida constitucional pretendía revertir la resolución que había declarado improcedente la demanda de Antauro Humala contra los procuradores del instituto Nacional Penitenciario, el tribunal Constitucional, el Poder Judicial, el Ministerio Público y otros más, emitido por la primera sala penal de apelaciones de la corte superior de justicia. 

Enrique Bernal solicitó la “inmediata libertad” Humala Tasso, porque “no ha cometido los delitos por los que fue condenado, sino que hizo uso de su derecho de insurgencia”, según dijo.

“El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, mediante Resolución 1, de fecha 29 de setiembre de 2020 (f. 250), declaró improcedente in limine la demanda por considerar que el Tribunal Constitucional ya emitió un pronunciamiento respecto al extremo de que el favorecido no cometió delitos ordinarios ni el de rebelión, sino hizo uso de su derecho de insurgencia en la Sentencia 02092-2012-PHC/TC, y que se pretende una nueva valoración de las pruebas actuadas en el proceso penal que se siguió en contra del favorecido”, señala el fallo.

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“El recurrente demanda a los procuradores del Tribunal Constitucional, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República y de la Junta Nacional de Justicia, sin expresar las razones para ello, por lo que de los hechos denunciados no se aprecia de qué forma la actuación de dichas instituciones pudiera tener incidencia negativa, directa y concreta en la libertad personal del favorecido”, agrega el documento.
 

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