Así va el proceso para acceder al sexto retiro de fondos de AFP

Entérate qué es lo que falta para que los afiliados a las AFP puedan hacer al nuevo retiro


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REDACCIÓN LIMAY

LIMAY.PE

Lima, 16 de April de 2022

Actualizado el 16/04/2022 12:51:44 pm

La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso aprobó el dictamen que autoriza a los afiliados a las AFP a retirar hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT) de su fondo de pensiones, lo que equivale S/18,400, pero eso no quiere decir estoy ya sea una ley. Para ello debe cumplir una serie de pasos.

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El texto del grupo de trabajo legislativo fue aprobado el martes 12 de abril, con 9 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones.

Ahora el trámite debe seguir su conducto regular y, de aprobarse la norma, será el sexto retiro de los fondos de las AFP. El primero aprobado en el 2020, como mecanismo para paliar la crisis económica derivaba de la pandemia del coronavirus.

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¿Qué falta para que se apruebe el sexto retiro de fondos de la AFP?

Para que se puede acceder a un nuevo retiro de fondos, se deben cumplir los siguientes:

  • Los dictámenes en mayoría, de acuerdo con el artículo 70 del reglamento del Congreso, necesitan estar firmados al menos por la mayoría de los parlamentarios presentes en el momento de la votación y por los miembros que decidan suscribirlos posteriormente hasta antes de ser considerados por el consejo directivo.
  • El texto debe ser entregado a la Junta de Portavoces para que el dictamen se incluya en el pleno del Congreso. (Esto sería luego del feriado por Semana Santa y la semana de representación)
  • El dictamen debe ser publicado en el portal del Congreso, en su gaceta o en el Diario Oficial El Peruano. como requisito indispensable para su debate en el pleno del Parlamento. Debe hacerse, por lo menos, 7 días antes del debate en el pleno, salvo que la Junta de Portavoces dispense el plazo con el voto de tres quintas partes de sus miembros.
  • Incluido el tema en la agenda del pleno, el dictamen debe ser sometido a debate y votación. Para su aprobación necesita los votos a favor del 50 % + 1 de los congresistas.
  • Se debería convocar a una segunda votación, pero los congresistas pueden solicitar la exoneración de ese trámite.
  • Una vez aprobada, la autógrafa de ley aprobada debe ser enviada al Presidente de la República para su promulgación dentro del plazo de 15 días útiles. Si no tiene observaciones, el Presidente de la República promulga la ley, ordenando su publicación en el diario Oficial El Peruano.

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