Indecopi: Empresas reciben multas por más de S/4 millones por discriminar a consumidores

Desde el 2010 a proveedores de diversos sectores económicos


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 12 de July de 2021

Actualizado el 12/07/2021 06:21:33 am

Indecopi informó que desde el 2010 a la fecha, se ha impuesto multas por más de cuatro millones de soles, el equivalente a 1,068 UIT (unidades impositivas tributarias), en diferentes sectores como aerolíneas, hoteles, bancos, centros educativos, compañías de seguros, discotecas, restaurantes, entre otros por discriminar a sus consumidores.

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Los actos de discriminación más recurrentes que fueron sancionados por las Comisiones de Protección al Consumidor y confirmados por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC) obedecieron a motivos raciales, discapacidad, género, edad, nacionalidad, orientación sexual e identidad de género.

Las resoluciones que detallan los procedimientos antes mencionados son públicas y pueden descargarse en el enlace  Servicio.indecopi.gob.pe/buscadorsiendo los casos más emblemáticos el de las discotecas que restringían el acceso a las personas por motivos raciales o por su identidad de género, compañías de seguros que se negaban a afiliar a personas con discapacidades cognitivas, un hotel que le negó la habitación matrimonial a una pareja homosexual.

También, una feria que le negó injustificadamente el ingreso a una persona con parálisis cerebral, una aerolínea que le exigió injustificadamente a personas sordomudas que pretendían abordar un vuelo, que tuvieran acompañantes. 

Un centro educativo que se negó a matricular de forma injustificada a una menor de edad con discapacidad cognitiva, un centro educativo que no permitió la participación de alumno en la actuación del “Día del Padre”, en compañía de su abuelo; entre otros casos.

Si bien el Indecopi no puede otorgar indemnizaciones a los consumidores por los daños y perjuicios causados (correspondiendo dicha facultad a la instancia judicial o arbitral correspondiente), sí se encuentra facultado para ordenar a los proveedores el cumplimiento de diversas medidas correctivas que logren revertir los efectos de la discriminación detectada o evitar que esta se produzca en el futuro.

En ese sentido, a fin de corregir estas conductas discriminatorias y evitar futuras infracciones, el Indecopi ordenó a los proveedores que cumplieran con diversos tipos de medidas correctivas, tales como la capacitación a su personal (incluyendo altos directivos de la empresa), el ofrecimiento de disculpas públicas, la publicación de avisos en sus locales o páginas web informando sobre la prohibición de discriminación, entre otros.

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Conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor, en caso los órganos resolutivos del Indecopi detecten algún caso de discriminación contra los consumidores, pueden imponer sanciones a los proveedores, las cuales van desde una amonestación hasta una multa de 450 UIT, suma equivalente a un millón 980,000 soles al año 2021.

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