Pensión vitalicia para expresidentes: ¿cómo funciona en nuestro país?

Manuel Merino, Martín Vizcarra y Francisco Sagasti realizaron el pedido para recibir este beneficio. ¿Es factible?


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REDACCIÓN LIMAY

LIMAY.PE

Lima, 03 de octubre de 2021

Actualizado el 03/10/2021 11:19:45 am

Luego de que Manuel Merino envíe un oficio a la presidenta del Congreso María del Carmen Alva para solicitar el beneficio de la pensión vitalicia por su corto y penoso gobierno de cinco días, se ha desatado toda una polémica, pues para muchos este ingreso no aplicaría para el excongresista. Sin embargo no fue el único, ya que, Martín Vizcarra fue otro de los que se sumó al pedido. 

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Días después, el también expresidente del congreso y quien asumió las funciones de jefe de Estado, Francisco Sagasti, envió formalmente el pedido para  acceder a este beneficio por los meses que estuvo en el gobierno (noviembre 2020-julio 2021). Ante ello, nace la pregunta: ¿Aplica realmente la pensión vitalicia para estos casos? 

¿Qué dice la ley?

Según la ley Nº 265519, vigente desde 1995, la pensión vitalicia le corresponde a todos los expresidentes constitucionales que ha tenido nuestro país.  En caso el mandatario falleciera resultarán beneficiarios de la pensión el cónyuge y los hijos menores, en caso los hubiere. 

¿A quiénes no les corresponde?

Según se señala en el artículo 2 de la ley mencionada, este derecho quedará suspendido para los "expresidentes de la República respecto de los cuales el Congreso haya formulado acusación constitucional, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes".

En ese caso, la pensión vitalicia no es aplicable para el expresidente constitucional durante el periodo 2018-2020, Martín Vizcarra. Como se recuerda, el exjefe de Estado fue vacado en noviembre del 2020 por "incapacidad moral" y se le realizó una acusación constitucional, producto por el cual fue inhabilitado por diez años para ejercer cargos públicos. Teniendo en cuenta ello, es que el beneficio de este subsidio le queda suspendido. 

Otros expresidentes que tampoco reciben esta pensión son Alberto Fujimori y Alejandro Toledo. En el caso del líder fujimorista, en el 2001, el Congreso, lo acusó por omisión de funciones y abandono de cargo; mientras que al segundo se le ordenó el congelamiento de su pensión por el caso Odebrecht. 

¿De cuánto es la pensión vitalicia? 

Según lo señalado por la Ley que establece pensión para expresidentes Constitucionales de la República, la pensión vitalicia es “equivalente al total de los ingresos de un congresista en actividad”. De esta manera, el sueldo asciende a S/15,600, pero también se accede a otros beneficios como personal asignado, vehículo y combustible.

En la actualidad, son cuatro expresidentes (dos fallecidos, por lo que sus beneficiarios lo cobran) los que reciben esta pensión vitalicia: Alan García, Valentín Paniaga, Ollanta Humala y Pedro Pablo Kuczynski. 

En el caso de Alan García, su pensión vitalicia es recibida por su viuda Pilar Nores, de quien no se divorció, y el hijo menor de edad (Federico García de 16 años) que tuvo con Roxanne Cheesman.

Lo mismo sucede con Nilda Jara, la viuda de Valentín Paniagua es la beneficiaria de la pensión del expresidente.
Después de su encierro, entre julio del 2017 y abril del 2018, Ollanta Humala volvió a recibir su pensión vitalicia.

Y, desde setiembre del 2018, Pedro Pablo Kuczynski estaría recibiendo lo que le corresponde como pensión vitalicia.

Ley observada

El 11 de junio, el Pleno del Congreso aprobó la eliminación de la pensión vitalicia y otros beneficios para expresidentes constitucionales de la República y se estableció que los exmandatarios podrían recibirla de manera "excepcional" previa aprobación del Parlamento, una pensión de gracia, vitalicia o por periodo definido y solo en caso, el cargo haya sido con dignidad y responsabilidad.

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Sin embargo, meses después, exactamente el 19 de julio, el aún presidente Francisco Sagasti observó la norma aprobada por el Legislativo. Según explicó, la transformación de la pensión vitalicia en pensión de gracia quedaba a potestad del Congreso y recortaba a dos años el derecho a la seguridad que tenían los exmandatarios.