Trabajadores presenciales tienen 15 días para presentar tercera dosis

Gobierno oficializó que esta disposición debe cumplirse a partir del 1 de abril y es de carácter obligatorio


...

Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 26 de March de 2022

Actualizado el 26/03/2022 04:09:57 am

A través de un Decreto supremo en el diario El Peruano, el gobierno oficializó que a partir del 1 de abril todos aquellos trabajadores del sector público y privado que laboren de manera presencial deberán acreditar su tercera dosis de vacunación contra la COVID-19.

Empresarios panaderos al borde de la quiebra por alza de insumos

La norma hace hincapié en la aplicación de la dosis de refuerzo a los empleadores del sector salud, choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como las personas que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si acreditan haber recibido en el país y el extranjero.

“Durante un plazo máximo de quince días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, pueden seguir realizando actividad laboral presencial los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis”, indica el dispositivo legal.

La verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento de la aplicación de la vacunación contra la COVID-19, en el Perú o el extranjero, debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.

¿A qué lugares puedo ingresar si cuento con las tres dosis?

Todas las personas vacunadas contra la COVID-19 con sus tres dosis permitirá que ingresen a los centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes.

Más de mil damnificados por derrame de petróleo reclaman indemnización

Además, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales, gimnasios, notarías, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.

TAGS RELACIONADOS

COVID-19

|

Gobierno

|