César Nakazaki sobre caso Wesfield: “Fue una injusticia para expresidente PPK”

Abogado penalista se pronunció acerca de la decisión del Poder Judicial tras declarar fundado el recurso de casación


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 03 de septiembre de 2022

Actualizado el 03/09/2022 08:53:05 am

Luego de la decisión del Poder Judicial de declarar fundado el recurso de casación, el abogado del expresidente Pedro Pabko Kuczynski, César Nakazaki, indicó que el caso Wesfield fue una “injusticia que sufrió el exmandatario”.

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“Caso Wesfield será recordado como una injusticia que sufrió ex Presidente PPK por errada conducta del Congreso y un sistema de justicia que tuvo en los Casos Lavajato un tiempo de abuso con medidas cautelares”, indicó el abogado Nakazaki.

Cabe señalar que, el último viernes, el Poder Judicial tomó dicha decisión a favor del expresidente Kuczynski, debido a que revocó cuatro medidas que le impuso en su contra por el proceso que se le sigue por lavado de activos en agravio del Estado:  “1. prohibición de comunicarse con sus coimputados; 2. la prohibición de comunicarse con testigos y peritos; 3. prohibición de declarar a medios de prensa y 4. prohibición de participar en reuniones políticas”.

Como se recuerda, el pasado 9 de julio, la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional informó que ordenó variar la detención domiciliaria contra el exmandatario PPK por comparecencia con restricciones.

Asimismo, el juez Ramiro Salinas Siccha rechazó la apelación interpuesta por el abogado del expresidente y estableció que el exjefe de Estado se debe de presentar al Juzgado cada 30 días para informar acerca de las actividades que realiza, no se podrá comunicar con Gloria Jesús Kisic Wagner, José Luis Bernaola Ñufflo y Gerardo Rafael Sepúlveda Quezada, investigados por presuntos actos de corrupción, ni ausentarse de Lima Metropolitana, entre otras medidas.

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“Todo ello, bajo apercibimiento expreso que, en caso de incumplimiento de las restricciones y previo requerimiento, se procederá a revocar la medida, volviéndose al statu quo del arresto domiciliario”, se precisó en el fallo judicial.

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