Redacción Limay
LIMAY.PE
Lima, 22 de September de 2023
Actualizado el 22/09/2023 09:17:12 am
Anoche, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen presentado por Patricia Chirinos (Avanza País), que señala que se exime de responsabilidad penal a la persona que hace uso de la fuerza letal en caso de defensa propia a sí mismo o a terceros.
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También se determinó que no procede la prisión preventiva “en los casos de inminente aplicación de la legítima defensa propia o de tercero conforme a ley; salvo la presencia de antecedentes y/o pruebas fehacientes que justifiquen la existencia del delito o que recaiga sobre la persona sentenciada firme condenatoria”.
¿CUÁLES SON LOS REQUSITOS PARA LA LEGÍTIMA DEFENSA?
Como requisito para ello, esta práctica de la legítima defensa tiene que derivar de una agresión real, perpetrada previa irrupción ilegítima dentro de un inmueble, medio de transporte, negocio, empresa, asociación civil, lugar de trabajo o en algún inmueble que sea de propiedad de quien repelió el ataque.
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Además, quedará excluido el criterio de la proporcionalidad del instrumento con el que se repelió el ataque. En lugar de este principio, se tomará en cuenta “la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios que se dispongan para la defensa”.