Redacción Limay
LIMAY.PE
Lima, 28 de March de 2021
Actualizado el 28/03/2021 08:52:15 am
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso señala que el informe final de la investigación por las denuncias constitucionales que enfrenta Martín Vizcarra por inmunizarse irregularmente contra el COVID-19, concluye que el exmandatario debe quedar inhabilitado para la función pública por 10 años.
Tal recomendación se incluye en el mencionado documento, elaborado por Jim Mamani (Nueva Constitución), designado como el ponente del caso y quien deberá sustentarlo ante dicho grupo de trabajo parlamentario.
Entre los argumentos del informe se enfatiza que Vizcarra mintió sobre el tema en más de una oportunidad. Por ejemplo, afirmó que fue uno de los 12 mil voluntarios del ensayo para la vacuna del laboratorio Sinopharm, lo que después se desmintió.
“Analizando la circunstancias, gravedad y otros factores relacionados a los hechos materia de investigación , así como superado el test de proporcionalidad (el cual incluye razonabilidad), se ha determinado que al denunciado le corresponde la sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública por 10 años”, propone.
Asimismo, el documento señala que está corroborado que el expresidente se benefició con la candidata a inmunizante de Sinopharm.
“También se ha demostrado que (Vizcarra) solicitó e intercedió para que se le aplique la misma vacuna a su esposa y hermano, hechos que también se consumaron”, agrega el citado informe.
El procedimiento en el Congreso
Según el Reglamento del Congreso, el documento se debatirá en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
Si se aprueba en dicha instancia, se remitirá luego a la Comisión Permanente del Parlamento, la que -antes de ratificar o rechazar la denuncia- debe escuchar a la defensa de los involucrados.
De ser aprobado en la Permanente, el Pleno del Legislativo tendrá la última palabra en el caso del expresidente.
El reglamento, al respecto, refiere que esta última instancia deberá pronunciarse “en el sentido de si hay o no lugar a la formación de causa a consecuencia de la acusación”.
“En el primer caso, el Pleno del Congreso debate y vota, en la misma sesión (...) en el segundo caso, el expediente se archiva”, se añade.