Gobierno oficializa ley que autoriza el retiro del 100% de la CTS

La norma establece un plazo de 10 días para que el Ejecutivo dicte "las disposiciones reglamentarias necesarias" para el retiro de la CTS.


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Redacción Limay

LIMAY.PE

Lima, 23 de abril de 2021

Actualizado el 23/04/2021 07:47:39 am

Con el objetivo de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19, este viernes el Poder Ejecutivo oficializó la ley que autoriza el retiro de hasta el 100? la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores formales del país.  

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La norma publicada en el diario oficial El Peruano establece que el Ejecutivo dicte "las disposiciones reglamentarias necesarias" para el cumplimiento de la ley en el plazo máximo de diez días calendario desde su entrada en vigencia.

El Congreso de la República había aprobado la ley que autoriza el retiro total de la CTS el pasado 31 de marzo y el último miércoles, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, informó que el Gobierno decidió no observar esta nueva norma. 

"Hemos evaluado la autógrafa sobre la Compensación por Tiempo de Servicios, y si bien evaluamos que la norma que faculta el retiro de fondos podría desproteger a los trabajadores frente a contingencias de desempleo, consideramos la situación actual en que muchas personas requieren fortalecer sus ingresos económicos para afrontar la emergencia sanitaria. Entonces, hemos tomamos la decisión de no observar la autógrafa aprobada por el Congreso de la República", dijo Bermúdez en una conferencia de prensa.

La norma autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021, a los trabajadores a disponer libremente del ciento por ciento (100 %) de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha.

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¿Qué es la CTS?

La CTS es un beneficio social que entregan las empresas privadas a sus trabajadores con una jornada mínima de 4 horas y sirve como un fondo de contingencia contra el desempleo que se podría producir al cese de una determinada relación laboral.

Este beneficio se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre, y equivale a medio sueldo en cada depósito.

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